Fecha: 03-05-2026 Autor: Carlos Manuel Goncalves Barreto Mediante sentencia Nro.167 de fecha 21 de abril del 2026, la Sala de Casación Social del TSJ, ratificó que el salario en dólares debe ser probado para que pueda ser tomado en consideración para el cálculo de los otros beneficios laborales, aduciendo lo siguiente: "En este sentido, esta Sala ha establecido que cuando el demandante alegue que se le pagó el salario en moneda extranjera durante su prestación de servicios, le corresponde la carga de demostrar tal circunstancia. Así lo ha señalado esta Sala de Casación Social, en sentencia N° 794 del 31 de octubre de 2018 (caso: Jesús Gilberto Yeoshen Moreno contra Lubvenca Oriente, C.A.), ratificada mediante sentencia N° 204 del 12 de junio de 2024 (caso: Jairo Alexander Páez Pastrán contra Grafic Tec, C.A.), al considerarlo como un concepto exorbitante, determinado de la manera siguiente: Alega la parte formalizante, que la recurrida adolece del vicio de inmotivación por c...